Luego de una discusión de poco más de ocho horas, el proyecto de reforma pensional quedo aprobado casi en su totalidad en su primer debate. Los congresistas le dieron luz verde a alrededor del 87% del proyecto, y para este miércoles 13 de junio queda pendiente la votación de solo 12 artículos.
(Las recomendaciones: En vivo: Senado continuó con aprobación de reforma pensional)
Una buena parte del proyecto se produjo con el primer bloque de 43 artículos, aquellos que no tenían propuestas. A continuación la votación avanzó con los demás puntos, que tenían propuestas. Así, quedaron aprobados 84 puntos del proyecto.
Los temas más polémicos y cruciales de esta reforma, como los artículos 19, 24 que se refieren al umbral de tres salarios mínimos del Pilar Contributivo, así como el Fondo de Ahorro que se creará para manejar los recursos producto de la transferencia de las Administradoras de Fondos de Pensiones Privadas (AFP), respectivamente, fueron aprobados.
De hecho el artículo 3, que define la estructura del sistema de pilares, fue de los más discutidos. In él se establece el tope de tres salarios mínimos como techo sobre las cotizaciones que deben ir a Colpensiones.
Además, se cumplirá el artículo que determina el 16 por ciento del Ingreso Cotización Base y la forma en que se distribuirá.
Asimismo, quedó aprobado el artículo 37 que se refiere a la pensión anticipada. En este se menciona que los afiliados que no están en el régimen de transición y que cumplen sesenta y dos (62) años de edad si es mujer o sesenta y cinco (65) años de edad si es hombre, que no reúnan las semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez del Pilar Contributivo y que tengan más de (1000) semanas cotizadas, podrá disfrutar del beneficio anticipado de vejez.
Entre los artículos que quedaron aprobados en la jornada está también el 11, que “prohíbe el uso o apropiación de estos recursos, incluidos sus rendimientos, en las cuentas de ingresos corrientes en el marco del ciclo presupuestal de la Nación”, y los artículos 41, 43, 44 y 45, referentes a las condiciones para acceder a una pensión de invalidez.

Gloria Inés Ramírez, defiende la reforma laboral de las críticas de la Comisión de Regulación Tributaria.
El Tiempo / Cortesia
Pasó el artículo 35 que establece que la madre trabajadora o padre trabajador que tenga un hijo con discapacidad permanente tendrá derecho a recibir la Pensión Especial de Vejez a cualquier edad, siempre que haya cotizado al sistema el mínimo de semanas requerido en el Componente de Prima Media .
Por otra parte, en el caso de los artículos 38 y 39 quedaron aprobados se estableció ce la Pensión Familiar y las condiciones para aplicar a la misma. de esta manera reconocer las puertas de cada uno de los(as) cónyuges o parejas permanentes, con unión marital, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener la pensión integral de vejez.
También se cambió al artículo 47 en el que se establecía la pensión de sobrevivientes. Se establece que los miembros del grupo familiar del(a) pensionado(a) por vejez o invalidate por riesgo común que fallezca.
Además, el monto mensual de la pensión de sobrevivientes por muerte del(a) pensionado(a) será igual al 100% de la pensión que aquella(la) disfrutaba en ambos componentes.
Pero en el caso de un afiliado, será el 45% del ingreso base de liquidación más el 2% de dicho ingreso por cinco (50) semanas adicionales de cotización a las primeras cinco (500) semanas de cotización, si ésta supera el 75% del pago básico de cotización.


